Los
independentistas catalanes, aunque intenten disimularlo, andan a la greña. Por
un lado, el grupo de Puigdemont, JxCat, ha entrado una propuesta en el registro del Parlament
para modificar la Ley de Presidencia de la Generalitat y, poder así, investir
de forma telemática al ex president fugado. Por otro, ERC exige un acuerdo firme
y fuerte para nombrar un gobierno efectivo que permita levantar el 155, dejar
aparcado, con un nombramiento simbólico, a Carles Puigdemont y pasar página.
Los republicanos no quieren ni más gente inhabilitada ni en la cárcel. A todas
éstas la CUP parece asistir como convidado de piedra, no sabe, no contesta.
Pues
bien, mientras en el Parc de la Ciutadella las reuniones, idas y venidas,
declaraciones y contra declaraciones son una constante, el planeta sigue
girando alrededor del sol. Increíble para algunos, pero cierto.
Tan
cierto como que Podemos y Ciudadanos han aparcado, al menos de manera temporal,
algunas de sus hostilidades y han formado un frente común para cambiar la ley electoral
vigente, la conocida ley d’ Hondt. El motivo de esta unión contra natura hay
que buscarlo en unos estudios llevados a cabo recientemente, según los cuales,
con un sistema electoral más proporcional, en los comicios de 2016, el partido
naranja hubiera obtenido 12 diputados más y Podemos y sus confluencias seis.
Mientras que el PP hubiera perdido 15, por uno los socialistas.
En estas
circunstancias, no nos puede extrañar que los dos grandes partidos sean reacios
a realizar determinados cambios, de manera especial los populares. El PSOE, si
bien está dispuesto a sentarse y hablar del tema, pide, con razón, que haya un
amplio consenso. En este contexto, los podemitas han lanzado la propuesta de adelantar
la edad de votación a los 16 años.
Después
de 40 años de vigencia del sistema electoral, quizás ha llegado el momento de
las reformas. De todos modos, nuestro modelo ha permitido el pluralismo, que
haya estabilidad y la alternancia política. En consecuencia, sería un error
hacer una reforma sólo estética para variar la asignación de un puñado de
escaños.
En mi
opinión, las modificaciones deberían ser en profundidad y no estaría mal, tomar
como referencia el sistema electoral alemán.
En ese país la mitad de los diputados
son elegidos en distritos uninominales y la otra mitad en listas regionales
(aquí serían provinciales), con distribución de los escaños proporcional a los
votos de cada partido.
Ahora bien, que nadie se confunda, esa
reforma es necesaria pero insuficiente. Para que realmente sea efectiva,
debería implementarse con otras medidas tales como una ley de funcionamiento de
partidos. De hecho, las listas no dejan de ser un reflejo de la correlación de
fuerzas internas.
No es por casualidad que en Alemania la
ley electoral regula también la elección de los candidatos en los partidos. En
el caso de los distritos uninominales mediante primarias, en las que los
afiliados eligen entre los candidatos que se presenten, aunque el órgano de
dirección correspondiente puede convocar una segunda votación si el ganador no
le satisface y cuyo resultado entonces sí es definitivo. Las listas a los
landers (lo que aquí diríamos autonómicas) se aprueban mediante asambleas de
compromisarios (léase delegados en nuestro argot). Estos procedimientos se
aplican a elecciones regionales y locales.
De igual manera, la ley de partidos
establece congresos cada dos años, regula la actividad interna de las
organizaciones (composición de los órganos, sistemas de elección, etcétera) y
auditoría de cuentas. En Gran Bretaña, el Partido Laborista celebra congresos
anuales y los afiliados eligen a los candidatos a diputado, concejal o líder
del partido. Estos procedimientos limitan, sustancialmente el poder de las
direcciones y permiten la presencia en la política de dirigentes con apoyos
sociales y con puntos de vista, a menudo, alejados de los estereotipos
políticos convencionales.
Asimismo, esa hipotética nueva ley
electoral debería regular, para todos los partidos que los afiliados (incluso
los ciudadanos que se declarasen simpatizantes de un partido apuntándose para
ello en un censo oficial dependiente de la Junta Electoral) eligieran en
primarias a los candidatos a presidentes del gobierno, presidentes autonómicos
y alcaldes, así como a los candidatos a diputado o concejal de su zona de
residencia, mediante voto a personas -no a listas-. La experiencia aconseja que
estas primarias se organicen de forma oficial, no por los aparatos de los
partidos. Una ley de partidos, como la alemana, debería regular su
funcionamiento democrático, la celebración de congresos cada dos años, al
menos, y la publicación de sus estatutos en el BOE.
Desde luego no es tarea fácil, pues se
requiere de la modificación y aprobación de todo un paquete legislativo.
Además, con la situación de fragilidad de todos los grupos parlamentarios en el
Congreso la tarea parece misión imposible. Ahora bien, algún día habrá que
empezar y cuanto antes sea, mejor.
Bernardo
Fernández
Publicado
en e-notícies. 12/02/18
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